Comisión dará informe convención arbitraje comercial
SANTO DOMINGO.- La Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional presentará al pleno de senadores el informe sobre la Convención Interamericana de Arbitraje Comercial Internacional, que procura dar seguridad a los inversionistas extranjeros tras la implementación del Tratado de Libre Comercio (DR-CAFTA).
El senador Prim Pujals, vicepresidente de la comisión, explicó que con la aprobación de este acuerdo entre el país y los miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), las partes se obligan a someter a decisión de arbitraje las diferencias que pudiesen surgir o que hayan surgido entre ellas, con relación a un negocio de carácter mercantil.
Agregó, que el acuerdo establece que el nombramiento de los árbitros se hará en la forma convenida por las partes firmantes, pudiendo ser nacionales o extranjeros; su designación podrá delegarse a un tercero, sea este persona natural o jurídica.
Asimismo, las sentencias o laudos arbítrales no son impugnables según la ley o reglas procesales aplicables y tendrá fuerza de sentencia judicial ejecutoriada, por lo que su cumplimiento podrá exigirse igual que las dictadas por tribunales ordinarios nacionales o extranjeros.
República Dominicana suscribió el convenio, pero está aún pendiente de ratificación por parte del Congreso Nacional.
La comisión también presentará con opinión favorable el informe sobre el acuerdo entre el Gobierno dominicano con la República de Corea para la promoción y protección de las inversiones.
Mientras que el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo, fue enviado a la Secretaría de Trabajo para que emita su opinión.
El senador Prim Pujals, vicepresidente de la comisión, explicó que con la aprobación de este acuerdo entre el país y los miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), las partes se obligan a someter a decisión de arbitraje las diferencias que pudiesen surgir o que hayan surgido entre ellas, con relación a un negocio de carácter mercantil.
Agregó, que el acuerdo establece que el nombramiento de los árbitros se hará en la forma convenida por las partes firmantes, pudiendo ser nacionales o extranjeros; su designación podrá delegarse a un tercero, sea este persona natural o jurídica.
Asimismo, las sentencias o laudos arbítrales no son impugnables según la ley o reglas procesales aplicables y tendrá fuerza de sentencia judicial ejecutoriada, por lo que su cumplimiento podrá exigirse igual que las dictadas por tribunales ordinarios nacionales o extranjeros.
República Dominicana suscribió el convenio, pero está aún pendiente de ratificación por parte del Congreso Nacional.
La comisión también presentará con opinión favorable el informe sobre el acuerdo entre el Gobierno dominicano con la República de Corea para la promoción y protección de las inversiones.
Mientras que el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo, fue enviado a la Secretaría de Trabajo para que emita su opinión.

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