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miércoles, 25 de abril de 2007

Envían a Comisiones proyectos de Dionis Sánchez

Fuente: Oficina Senador.


Santo Domingo, D.N.- El senador del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por la provincia de Pedernales, sometió dos proyectos que buscan corregir lo que considera distorsiones en las leyes de Organización Municipal y sobre Actos del Estado Civil, los que fueron enviados a Comisión por el hemiciclo.
Dionis Alfonso Sánchez Carrasco propone que se modifique el Artículo 46 de la Ley 3455 de Organización Municipal para que los presidentes de Juntas Municipales sean electos por cuatro años en las elecciones congresuales y municipales por voto directo de los ciudadanos inscritos en sus respectivos distritos municipales.
En ese sentido, precisa que “el marco jurídico municipal debe responder a los nuevos estamentos de modernización y progreso, y no a la anarquía que cada cuatro años protagonizan las salas capitulares cuando de elección de Junta se trata, y dejar definitivamente resuelto ese problema por la vía del voto directo”.
El proyecto de Sánchez Carrasco también plantea que el presidente de la Junta ejercerá a plenitud todas las actividades administrativas del Distrito, que incluyen desde las celebraciones de las fechas patrias hasta el registro urbano de solares y predios, y participará de todos los acuerdos interinstitucionales de mantenimiento y vigilancia, y la ejecución de políticas a favor de la población de su demarcación.

Proyecto sobre Actos del Estado Civil



Con el proyecto que sugiere modificar los Artículos 3, 10, 35 y 39 de la Ley 659 sobre Actos del Estado Civil del 27 de Julio de 1944, se busca evitar, entre otros, las dificultades de parturientas que dan a luz en la provincia más cercana o en Santo Domingo y no pueden declarar a las criaturas en una jurisdicción diferente a su lugar de origen.
“Así como la ley tiene disposición de prórroga para el tiempo, en el caso de las declaraciones tardías, así debe tener prórroga para la jurisdicción siempre que vaya a favorecer al niño o a la niña. Al fin, toda las Oficialías tienen la misma calidad, los mismos prerrequisitos”, destaca uno de los considerandos.
Propone que los Oficiales del Estado Civil no podrán actuar fuera de su jurisdicción sólo cuando por razones terapéuticas las embarazadas tengan que dar a luz en una jurisdicción diferente a la de su residencia, además, que están obligados a llevar, en dos originales, los libros de registro de nacimiento, de matrimonio, de divorcio, de soltería, de extranjería y de defunción.
El proyecto prevé asimismo que la falta de cumplimiento de cualquier de los artículos anteriores por parte del Oficial del Estado Civil será perseguido por ante el Tribunal de Primera Instancia de la Jurisdicción y castigado con una multa que no podrá ser menor de dos salarios, ni mayor de cinco, sin perjuicio de la responsabilidad civil en que pueda incurrir por las alteraciones que aparezcan en los registros de su cargo.
En esa pieza se recomienda que la declaración de nacimiento se hará por ante el Oficial del Estado Civil del lugar en que se verificó el alumbramiento o el de la residencia de los padres dentro de los 60 días que sigan a éste, y si en el lugar del alumbramiento no hubiere, se hará dentro de 90 días por ante el Oficial del Estado Civil que corresponda a su jurisdicción.

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Periodista por mas de 30 años. Fundador y sub-director del periódico El Sol (desaparecido). Voz Llanera (desaparecido). Ejecutivo de El Siglo (desaparecdo). Ejecutivo de El Día (desaparecido). Director de El Campesino.