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viernes, 21 de septiembre de 2007

Proyecto ampliaría facilidades dominicanos retornen a RD



Dos senadores patrocinan un proyecto de Ley, mediante el cual se modifica el artículo 1 de la Ley 168-67, para ampliar las facilidades que el Estado otorga a los dominicanos que tras residir en el extranjero, retornan a vivir en el país.

El proyecto de Ley de los senadores Heinz Vieluf Cabrera, PLD Montecristi y Alejandro Leonel Williams, PLD San Pedro de Macorís, favorece a los dominicanos que tengan más de 10 años residiendo en el exterior, con hijos menores de 18 años y que fijen nuevamente su residencia en el país, gozarán de una exoneración del 100% de los ajuares indispensables del hogar y un vehículo que sólo pagará por impuesto de importación desde un 40 a un 60 por ciento del valor FOB.

Los senadores Vieluf e Williams, someterán el proyecto ante el hemiciclo, considerando que es necesario reconocer y validar las iniciativas u opiniones de la comunidad dominicana en el exterior, por los grandes aportes que realizan al país en los órdenes económico, político, social y cultural.

De igual manera, los legisladores expresan que los dominicanos que residen en el exterior aportan al Producto Interno Bruto, el 29 por ciento anual, lo que significa más de 3 mil 900 millones de dólares, solo en remesas y que además, esa comunidad realiza grandes inversiones dentro y fuera del país.

Una información de la Dirección de Prensa del Senado, expresa que Vieluf y Williams, entienden que la comunidad dominicana en el exterior adquiere cada día poder político, lo que beneficia al país, porque lo proyecta en otras dimensiones.

En tal sentido, ambos legisladores oficialistas consideran que los vehículos importados por dominicanos en el exterior de acuerdo con dicha Ley, tienen la exoneración de los impuestos de 20 a 60 por ciento.

La modificación que proponen Vieluf y Williams, otorgaría un 40 por ciento del valor FOB, a los vehículos cuyo modelo corresponda al mismo año en que se efectúe su importación.

Para los que el modelo corresponda a un año anterior a su importación un 45%; para los que tengan dos años anteriores, un 50%; los que correspondan a tres años anteriores a su importación un 55% y para los que tengan cuatro años un 60 por ciento.

El primer párrafo del proyecto expresa, que los vehículos favorecidos con el beneficio del presente artículo, no pueden ser traspasados por venta o cualquier forma en un plazo de cinco años, a partir de su introducción en el país, a menos que sea pagada la diferencia del total de los derechos e impuestos correspondientes. Las violaciones a las disposiciones serán sancionadas con el pago del duplo de los derechos e impuestos.

En su artículo dos, el proyecto favorece a los dominicanos con diez años o más de residencia en el exterior que decidan retornar definitivamente al país y no hayan realizado mudanza, gozarán de una exoneración del 100% correspondiente a los ajuares indispensables del hogar. Esta disposición se aplicará a los padres con hijos menores de 18 años.

En el párrafo tercero, el proyecto expresa que en el caso especial de que los beneficiarios decidan comprar el vehículo del año en el mercado nacional, podrán ejercer su derecho dentro de los primeros seis meses de su entrada al país y gozarán del beneficio de la disminución de los impuestos en un 80 por ciento.

Acerca de mí

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Periodista por mas de 30 años. Fundador y sub-director del periódico El Sol (desaparecido). Voz Llanera (desaparecido). Ejecutivo de El Siglo (desaparecdo). Ejecutivo de El Día (desaparecido). Director de El Campesino.